Imagen de archivo de una marcha contra la violencia de género celebrada en Cuéllar. | Foto: Gabriel Gómez |
|Por Carlos Fraile |

Ayer no pude acompañar a mis vecinas y vecinos de Cuéllar en la concentración contra la sentencia del caso ‘La Manada’, por ello escribo estas líneas, pero también para manifestar mi solidaridad con la víctima y todas las mujeres y hombres que como yo sienten indignación, rabia y poca comprensión por el fallo de la Audiencia Provincial de Navarra.

Vaya por delante mi respeto a todas las decisiones judiciales, pero ello no es óbice para que discrepe y opine de ellas, ya que en Derecho todo es debatible. Durante estos casi dos años, he seguido con cierta atención los pormenores de este caso y he de reconocer que en ningún caso habría contemplado esta sentencia. Barajé una condena por agresión sexual, como la sostenida por la Fiscalía y las acusaciones particulares, o por el contrario la libre absolución, como solicitaban las defensas de los cinco acusados. Nunca creí que se pudiera dar la calificación de abuso sexual, por entender que en caso de acreditarse la relación sexual no consentida como ha sido el caso, ello llevaba aparejado la violencia y la intimidación, ya que los procesados como también refleja la sentencia son “cinco varones de edades muy superiores y fuerte complexión”.

Leyendo la sentencia y repasando mis apuntes de Derecho Penal y considerando como hechos probados que uno de los procesados “tiró de ella hacia él” mientras otro de ellos “tiró” también, introduciéndola en el recinto de “modo súbito y repentino, pero sin violencia” pues me asalta la incomprensión y rabia de cómo esta forma de actuar, no puede ser considerada violenta, quizás para el Tribunal se debería haber dado una lucha fratricida de la víctima por no querer entrar en el portal, mediando golpes y no como en este caso un “tirón” para introducir por la fuerza a la víctima. Lo mismo sucede con la concurrencia de la intimidación, tal y como consta en los hechos probados, los procesados “la significaron para que guardara silencio” pues no parece ser suficiente esta circunstancia al Tribunal para apreciar la intimidación, entiendo debería haberse dado la presencia de un arma blanca o de fuego para que lo hubieran considerado.

Mi opinión es que la sentencia es tremendamente contradictoria, puesto que si se afirma como es el caso, que la víctima estuvo “rodeada por cinco varones”, siendo introducida por la fuerza en un portal, aunque fuese mediante “un tirón”, para proceder a “actos de naturaleza sexual con ánimo libidinoso”, estamos hablando claramente de una violación y no de un abuso sexual. Como también me parece indignante no contemplar como delito contra la intimidad, la grabación de “siete vídeos” y “dos fotos” para después mofarse de ello en dos grupos de WhatsApp de cuestionable nombre “La Manada” y “Disfrutones SFC”.

Es urgente la puesta en marcha de una formación específica del poder judicial, para hacer una interpretación más correcta y protectora de las leyes contra el machismo. Las leyes han de ser interpretadas con arreglo a la realidad, una realidad culturalmente machista y discriminatoria contra los derechos de las mujeres.

Confiemos en la sensibilidad y coherencia del Tribunal Supremo, pero el mensaje que se lanzó ayer a la sociedad en forma de sentencia es muy preocupante y tira por tierra mucho del trabajo que se ha hecho para eliminar la violencia de género en nuestro país. Mi apoyo y comprensión a todas vosotras, especialmente a la víctima, con quien todos hemos empatizado.