Sábado, 20 de Abril del 2024

Sanidad ordena cerrar el ocio nocturno, limita a la 01.00 h la apertura de la hostelería y prohíbe fumar en público

Imagen de archivo de la terraza de un bar en Cuéllar. | Foto: Gabriel Gómez |

Imagen de archivo de la terraza de un bar en Cuéllar. | Foto: Gabriel Gómez |

| Los eventos multitudinarios deberán ser autorizados por la Comunidad tras una evaluación de riesgo | 

El Ministerio de Sanidad y las comunidades autónomas han adoptado actuaciones coordinadas en materia de salud pública por unanimidad ante el avance de la pandemia de COVID-19. Han acordado el cierre de los establecimientos de ocio nocturno: discotecas, bares de copas o salas de baile con o sin actuaciones musicales en directo en todo el territorio español, “al ser los espacios con mayor número de brotes asociados”.

De forma complementaria, en los establecimientos de hostelería, restauración, terrazas y bares o restaurantes de playa se debe garantizar la distancia interpersonal mínima de 1,5 metros en el servicio en barra y también entre mesas, con un máximo de 10 personas por mesa.

También se prohíbe fumar en espacios al aire libre cuando no se pueda garantizar la distancia interpersonal mínima de dos metros

El horario de cierre de los establecimientos será la 1.00 horas como máximo, sin que puedan admitirse nuevos clientes a partir de las 00.00 horas.

Otro de los ámbitos de actuación son los eventos multitudinarios. En estos, al ser de carácter planificado, se deberá realizar una evaluación del riesgo por parte de la autoridad sanitaria conforme a lo previsto en el documento “Recomendaciones para eventos y actividades multitudinarias en el contexto de nueva normalidad por Covid-19 en España”, acordado en la Comisión de Salud Pública del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. En función de esta evaluación, cada evento deberá contar con la autorización de la comunidad autónoma.

 

Centros sociosanitarios

Los centros sociosanitarios, que son el ámbito en el que se produce el mayor incremento de brotes detectados en las últimas semanas, centran otras tres de las medidas acordadas.

Por un lado, realizar pruebas PCR a todos los nuevos ingresos en los centros sociosanitarios de carácter residencial, con 72 horas de antelación como máximo. También se hará a los empleados que regresen de permisos y vacaciones, y a los nuevos trabajadores que se incorporen.

Asímismo se limitarán las visitas a una persona por residente, extremando las medidas de prevención, y con una duración máxima de una hora al día. Y se garantizará el escalonamiento de las mismas a lo largo del día. Estas medidas se podrán exceptuar en el caso de personas que se encuentren en proceso del final de la vida. Además, se limitarán al máximo las salidas de los residentes.

El documento aprobado recoge, por otro lado, que en caso de brote epidémico, se realizarán cribados con pruebas PCR en aquellas poblaciones de riesgo y potencialmente expuestas (por ejemplo: residentes en centros socio-sanitarios, barrios con transmisión comunitaria, centros educativos, bloques de viviendas afectadas, colectivos vulnerables…).

Por otra parte, se reforzarán los controles para impedir el consumo de alcohol no autorizado en vía pública así como aquellas otras actividades no permitidas en la misma. En este sentido, las comunidades autónomas y ayuntamientos aplicarán las sanciones correspondientes.

En el consumo de tabaco y cigarrillos electrónicos sólo se podrá exceptuar la obligación de uso de mascarilla durante el consumo de tabaco o cigarrillos electrónicos en la vía pública o en espacios al aire libre, en los supuestos en que pueda garantizarse el mantenimiento de una distancia con otras personas de, al menos, dos metros.

 

Recomendaciones

El acuerdo del Consejo Interterritorial incluye tres recomendaciones: realizar periódicamente, y en la medida de lo posible con carácter al menos quincenal, pruebas PCR a los trabajadores de centros sociosanitarios que estén en contacto directo con residentes, recomendar a la ciudadanía la limitación de los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable y al mismo tiempo que estos se limiten a un máximo de 10 personas.

El documento especifica que se garantizarán los medios y capacidades de los sistemas sanitarios para el cumplimiento de lo previsto en el Plan de Respuesta Temprana en un escenario de control de la pandemia por COVID-19.

La Declaración de Actuaciones Coordinadas mantendrá su vigencia hasta que se produzca su revocación expresa por el Ministro de Sanidad, previo acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, con audiencia de todas las comunidades y ciudades autónomas.