El edil de IU, Miguel Ángel Gómez, junto al monolito que quieren instalar junto al Castillo.

El edil de IU, Miguel Ángel Gómez, junto al monolito que quieren instalar junto al Castillo. |Foto: Gabriel Gómez|.

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, ha estimado el recurso de apelación interpuesto por el Ayuntamiento de Cuéllar  ante la sentencia del Juzgado Contencioso Administrativo de Segovia que daba la razón a la asamblea local de Izquierda Unida e instaba a la instalación de la escultura en homenaje a los represaliados del franquismo junto al Castillo.  Desde el Equipo de Gobierno se señala que el Tribunal Superior deja además “sin efecto la imposición de costas procesales realizada en primera instancia”.

Así el grupo municipal del PP señala que el Tribunal regional da la razón al Ayuntamiento de Cuéllar sin imponerle costas “en relación a la demanda interpuesta por la representación procesal de la Asamblea de Izquierda Unida de la Comarca de Cuéllar, contra el Decreto 149/2014 del Ayuntamiento de Cuéllar, relativo a la cesión en precario y de forma gratuita del uso del terreno de dominio público necesario para la instalación de escultura sobre pedestal en jardín exterior frente al Castillo de Cuéllar”.

Los populares recuerdan que el 4 de julio de 2014 la Asamblea de Izquierda Unida de la Comarca de Cuéllar, presentó recurso contencioso administrativo contra el Decreto 149/2014 de 12 de marzo de 2014, que concedía la licencia requerida para el uso común de un bien de dominio público “si bien condicionado a que se llegue a un acuerdo sobre la leyenda a colocar en la Comisión Informativa correspondiente”.

La leyenda original decía ” A los represaliados del franquismo que cumplieron pena en este Castillo”.

Los populares apuntan que tal y como recoge la sentencia, “el Ayuntamiento no se ha opuesto a la instalación de la escultura o que se recoja una u otra leyenda en la misma, sino que esta supeditando el contenido de dicha leyenda a lo que se resuelva de forma consensuada como ha sido puesto de manifiesto en numerosas ocasiones por el  alcalde”. “Estamos ante el uso de un espacio de dominio público y por tanto la leyenda a instalar se debe elegir democráticamente, ya que en otro caso se está amparando una decisión impuesta unilateralmente por un grupo político”, afirman desde el Equipo de Gobierno.

“La normativa impone la retirada de objetos de exaltación franquista, pero su lectura no permite la imposición de los que no vengan determinados de forma democrática, puesto que los ciudadanos tienen derecho a que los símbolos públicos sean ocasión de encuentro y no de enfrentamiento”, afirman.

“El Ayuntamiento pretende consensuar una leyenda que responda a la voluntad de los vecinos sin obligaciones de un grupo político que amparándose en su falta de sentido democrático quiere imponer”, aseguran.

El PP considera que “la sentencia deja claro la arbitraria y prepotente actitud de Izquierda Unida en todo este procedimiento y el correcto proceder del Ayuntamiento, ajustando su actividad al Ordenamiento Jurídico y a la defensa de los valores democráticos, reconociendo a quienes sufrieron, pero superando viejos conflictos en base a la conciliación y al respeto”.

La sentencia deja sin efecto la imposición de costas procesales al Ayuntamiento de Cuéllar y como la defensa fue asumida por los Servicios Jurídicos de la Diputación Provincial, el recurso no ha costado ni un euro a las arcas municipales, afirman.

“El Tribunal Superior de Castilla y León revoca la sentencia de instancia y desestima el recurso presentando por Izquierda Unida, estimando el Decreto 149/2014 del Ayuntamiento de Cuéllar, dejando sin fundamento toda imposición de medidas que no vengan avaladas por el respaldo democrático, como ha puesto reiteradamente de manifiesto el alcalde”, concluyen.