Uno de los accesos a Campo de Cuéllar. | Foto: Nuria Pascual |

El pleno aprobó de manera inicial la modificación de las Normas Urbanísticas Municipales de la villa en las entidades locales menores de Arroyo de Cuéllar, Campo de Cuéllar y Chatún. El concejal de Urbanismo, Joel Velasco, fue el encargado de  exponer este punto detallando que  las modificaciones afectan tanto al ámbito territorial rústico como al urbano.

En suelo rústico se modifica la parcela mínima a los efectos de la implantación de los usos del grupo I -agrícola, ganadero, forestal, piscícola y cinegético-,  proponiéndose una superficie de 2.000 metros cuadrados en lugar de los 3.000 metros anteriores. Asímismo se regulan las distancias a suelo urbano y urbanizable para las explotaciones avícolas, diferenciándose entre las nuevas explotaciones, que mantendrán una distancia mínima de 1000 metros, y las explotaciones existentes (incluidas sus ampliaciones y las intervenciones de reforma o mejora), donde se reduce la distancia mínima a 500 metros, en lugar de los 1000 metros actuales, siempre al amparo de la nueva regulación establecida por el Decreto 4/2018, de 22 de febrero, por el que se determinan las condiciones ambientales mínimas para las actividades o instalaciones ganaderas de Castilla y León.

Se incluyen también correcciones puntuales relativas a la categorización del suelo rústico en Campo de Cuéllar clasificándose como suelo rústico de protección natural, subcategoría cauces y riberas, los terrenos que albergan las lagunas situadas en la localidad.

 

Suelo urbano

En suelo urbano se tomará como base la cartografía actual del catastro georreferenciada, incluyendo correcciones puntuales para su adaptación a la realidad. Así se modificará la delimitación del suelo urbano de los tres núcleos, ajustándola a la ubicación exacta de las parcelas o al trazado viario previsto, e incluyendo la supresión de algunas actuaciones previstas inicialmente y la creación de otras nuevas.

Se establecerá una nueva regulación de la calificación urbanística para dichas entidades a través de dos nuevas ordenanzas residenciales, `SU-ELM´ suelo urbano entidades locales menores, vinculada a las zonas tradicionales de sus núcleos, y `RU- ELM´ residencial unifamiliar entidades locales menores, vinculada a las zonas de ampliación.

Además, se contempla la adscripción de los focos productivos a la ordenanza Industrial General, IG, y la  incorporación de la calificación como espacios libres públicos y equipamientos públicos a las áreas pertinentes.

Se incorporarán al catálogo de edificaciones protegidas de las normas de Cuéllar las construcciones tradicionales protegidas, adscribiéndose al grado de protección P3. Protección Ambiental; se corregirán alineaciones donde se ha estimado necesario;  se calificará como Fuera de Ordenación una edificación en Arroyo de Cuéllar y otra en Chatún, y se suprimirá esta calificación en una edificación en Arroyo de Cuéllar. Se crearán también nuevas unidades de gestión en suelo urbano consolidado: Actuaciones Aisladas de Urbanización (AAU), de Normalización y Urbanización (AANU), y de Expropiación (AAE). Por otro lado se incorporarán a las normas las ordenaciones detalladas derivadas de los instrumentos de planeamiento aprobados y se corregirá la denominación de algunas de las calles en la entidad local menor de Chatún para su adaptación a la denominación oficial incluida en el Catastro.

El documento de modificación de normas ha sido objeto de evaluación ambiental estratégica, y a tal efecto se ha tramitado el Documento de Avance de la Modificación Puntual de las normas de Cuéllar en las Entidades Locales Menores de Arroyo de Cuéllar, Campo de Cuéllar y Chatún, y el Documento Ambiental para la solicitud de inicio de la Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada del citado documento.

La tramitación ambiental de la Modificación Puntual ha concluido con la emisión de la ORDEN FYM/760/2019, de 12 de agosto, por la que se formula el informe ambiental estratégico de esta Modificación Puntual de las Normas Urbanísticas Municipales de Cuéllar.