La Policía Local de Cuéllar colabora hasta el domingo en la Campaña de Vigilancia y Control de la Velocidad de la Dirección General de Tráfico (DGT), realizando controles de velocidad en las calles de la localidad.

La subdelegada del Gobierno, Pilar Sanz, subrayó que “circular a una velocidad adecuada podría evitar un cuarto de los accidentes mortales”. Así, “un aumento del 5 por ciento en la velocidad provoca aproximadamente un incremento del 20 por ciento en los accidentes con víctimas mortales”, explicó.

También señaló que “a partir de 80 kilómetros por hora es prácticamente imposible que un peatón salve la vida en un atropello”. Y  que “las vías convencionales limitadas a 90 kilómetros por hora son las carreteras donde más se incumplen los límites de velocidad”.

En 2015, una persona falleció en un accidente de tráfico en la provincia por exceso de velocidad. En Castilla y León fallecieron 24 personas a causa de la velocidad inadecuada, un 16 por ciento del total (144 fallecidos)

El incumplimiento de los límites de velocidad establecidos es uno de los problemas con los que se enfrenta la Unión Europea, quien en su último informe solicitó a todos los estados miembros hacer cumplir el código de la circulación, construir y mantener las infraestructuras y realizar campañas de educación y sensibilización para reducir la accidentalidad viaria.

Una de esas medidas, es la que ayer puso en marcha la Dirección General de Tráfico con la velocidad. Una campaña de siete días de duración para  recordar a los conductores la importancia de respetar los límites de velocidad y para comprobar que se cumplen los límites establecidos.

El mensaje de la campaña es transmitir, independientemente de la administración que gestione la circulación, que los límites de velocidad siempre se deben respetar, más aún cuando muchas ciudades cuentan con vías en la que los diferentes actores comparten espacio (coches, motos, bicis…)

La campaña traspasa nuestras fronteras y se realiza de forma simultánea en más de 25 países europeos a través de la Organización Internacional de Policías de Tráfico (TISPOL).


¿A QUÉ VELOCIDAD PUEDO CIRCULAR?
La velocidad genérica máxima para turismos y motos en autopistas y autovías sigue siendo 120 km/h. En carreteras secundarias, dicha velocidad es de 100 km/h o de 90 km/h en función de la anchura del arcén y en vías urbanas la velocidad genérica es de 50 km/h. Para furgonetas, camiones y autobuses, la velocidad máxima es inferior tal y como se recoge en el artículo 48 del Reglamento de Circulación.
Por tanto, y teniendo en cuenta estas velocidades, establecidas en el Reglamento General de Circulación, los conductores que las incumplan estarán cometiendo una infracción grave o muy grave, sancionada con multa de 100 a 600 euros y la pérdida de entre 2 y 6 puntos, dependiendo del exceso de velocidad cometido.
En el caso de que el exceso de velocidad fuera superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, el Código Penal lo tipifica como delito y es castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o a la de multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, a la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.