El pleno ordinario del Ayuntamiento de Cuéllar que tendrá lugar mañana estudiará la aprobación provisional de la modificación puntual de las Normas Urbanísticas de Cuéllar “para posibilitar el uso básico de vivienda en locales situados en la planta baja de edificios de vivienda colectiva adscritos a las ordenanzas R3, R4, R5, R6, R7 y C del Conjunto Histórico y determinación de las condiciones especiales para la transformación de dichos locales”.
Este es el siguiente paso tras la aprobación en mayo de 2023 del avance de la modificación de las normas para este fin y en mayo de 2024 de la aprobación inicial de la medida.
El documento que mañana se somete al pleno incluye la respuesta a las alegaciones presentadas, atendiendo las indicaciones de los preceptivos informes solicitados a las distintas administraciones públicas: Servicio Territorial de Movilidad y Transformación Digital de Segovia, Comisión Territorial de Patrimonio Cultural de Segovia, Diputación Provincial de Segovia y Subdelegación del Gobierno en Segovia.
El edil de Urbanismo, Tomás Marcos, señaló que “este trámite, pone fin a los trámites locales”, ya que para la aprobación definitiva se remitirá el documento a la Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo quien deberá aprobarlo en un plazo de tres meses, y remitirlo al Ayuntamiento y a las personas o entidades afectadas. Asímismo, el documento se deberá publicar en el BOCyL y entrará en vigor al día siguiente.
Locales en desuso
Marcos recordó que la conveniencia de plantear la modificación de las normas en este aspecto “viene planteada por la necesidad de dar salida al gran número de locales en desuso, sin expectativas de ocupación, y a la demanda creciente de viviendas”.
Apunta que de este modo se alinean con la Ley de Urbanismo de CyL para provocar intervenciones que generen bienestar económico y social y garanticen la calidad de vida, frenando el abandono y favoreciendo la rehabilitación, regeneración y renovación de áreas urbanas deprimidas.
La normativa actual permite el uso de local como vivienda cuando este comparte el acceso y los elementos comunes con el resto de viviendas del edificio. Así, la modificación de las NUM de Cuéllar que se propone se articula en base a la incorporación a su normativa de un nuevo artículo, el 08.22.bis, que desarrolla las condiciones especiales para la transformación en viviendas de locales adscritos a las ordenanzas reseñadas, y que regulará aspecto como: el acceso, su superficie, ubicación, iluminación y ventilación, entre otros.
Con respecto a la aprobación inicial, el documento incorpora, por una de las alegaciones, que “excepcionalmente” el Ayuntamiento podrá autorizar el acceso a las viviendas de planta baja por espacio de acceso común a dos o más de ellas, o directamente desde el exterior, “cuando se acredite que la comunidad de propietarios del inmueble no ha otorgado autorización para la ejecución de las obras que posibiliten el acceso a la nueva vivienda desde el espacio de acceso común del edificio”.
Marcos explicó que esta medida presenta dificultades urbanísticas relacionadas con la situación y el entorno, “por afectar a áreas de muy diferente carácter en el entorno de Cuéllar”. Así, se deben tener en cuenta las condiciones iniciales del edificio, puesto que debe resolver la integración de la vivienda en los accesos y elementos comunes del mismo.
También deben considerarse las necesidades higiénicas y de instalaciones en cuanto a ventilación, iluminación, sótanos o semi sótano. Y la necesidad de flexibilizar la normativa relacionada con la posición y dimensiones de los huecos exteriores, ventanas…
“Nos encontraremos ante una numerosa casuística, cada caso a resolver será prácticamente único”, dijo Marcos, apuntando como uno de los objetivos evitar situaciones de infravivienda o especulación.
