Interior de la iglesia de San esteban que ahora puede recorrerse en visitas turísticas guiadas.

Interior de la iglesia de San esteban que ahora puede recorrerse en visitas turísticas guiadas.|Foto: Gabriel Gómez|.

_ El Consistorio ha firmado un acuerdo con el Obispado de Segovia por el que éste le autoriza a su uso turístico sin contraprestación económica

 

_También se autoriza el uso público no guiado del recinto exterior del templo asumiendo el Ayuntamiento su mantenimiento.

 

El Ayuntamiento de Cuéllar ha firmado un convenio con el Obispado de Segovia por el que éste último le autoriza la entrada a la iglesia de San Esteban “para uso turístico sin contraprestación económica alguna”. Al mismo tiempo, el Obispado autoriza el uso público no guiado del recinto exterior del templo siempre que el Ayuntamiento se haga cargo de su mantenimiento: reparación de desperfectos (pintadas, humedades…) y, deterioro (vallado, exterior…), cuidado de la zona ajardinada, alumbrado público y limpieza.

El convenio recoge también unas limitaciones al uso, teniendo en cuenta el ámbito religioso del templo. Así señala que cualquier utilización diferente a la visita turística guiada requerirá el permiso escrito previo del Obispado. Asimismo se indica que la Parroquia de San Miguel podrá utilizar la iglesia de San Esteban para uso litúrgico los días 26 de diciembre, Festividad de San Esteban, y los días 1 y 6 de enero, Procesión del Niño de la Bola, así como otros días que considere oportuno tener actos religiosos.

El Ayuntamiento por su parte se compromete a asumir el pago de la luz, el agua y saneamiento, el seguro del templo, la limpieza y mantenimiento, pago de impuestos del edificio, instalación y mantenimiento de una alarma, y asume también la vigilancia y se re4sponsabiliza de los daños producidos en caso de robo o agresión en el interior de la iglesia.

El horario de apertura de la iglesia se determinará desde la oficina municipal de Turismo que informará puntualmente a la parroquia del mismo.

El convenio tendrá una duración temporal de tres años y se entenderá prorrogado año a año salvo oposición de una de las partes.